El precepto pascual consiste en que todo fiel, después de la primera Comunión, esta obligado a comulgar por lo menos una vez al año.
La recepción de la Comunión requiere normalmente prepararse con el sacramento de la confesión.
Este precepto debe cumplirse durante el tiempo pascual (desde la Vigilia del Domingo de Resurrección hasta Pentecostés), a no ser que por causa justa se cumpla en otro momento del año.
En todo caso, la Iglesia recomienda vivamente a los fieles recibir la santa Eucaristía los domingos y los días de fiesta, o con más frecuencia aún, incluso todos los días.
El precepto pascual constituye el tercer mandamiento de la Iglesia (“recibir el sacramento de la Eucaristía al menos por Pascua”) y garantiza un mínimo en la recepción del Cuerpo y la Sangre del Señor, en conexión con el tiempo de Pascua, origen y centro de la liturgia cristiana.
Horario de confesiones
D. José Carlos
18:30 Lunes a Sábado
D. José Javier Areta
11:00 a 12:30 Domingos